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Factura electrónica obligatoria: los autónomos tendrán que cumplir desde el 6 de octubre de 2028

Publicado:
5 de octubre de 2026
En vigor desde:
6 de octubre de 2026
Fuente:
BOE · Orden

Los autónomos ya tienen fecha para la factura electrónica obligatoria: el 6 de octubre de 2028. El BOE del 5 de octubre de 2026 publica la Orden HAC/1028/2026, que regula la solución pública de facturación electrónica de la AEAT. Entra en vigor el día 6, y con ella empiezan a contar los plazos del Real Decreto 238/2026.

Quien factura más de 8 millones de euros va un año por delante, desde el 6 de octubre de 2027, y en sus primeros 12 meses acompañará cada factura electrónica de un PDF. Las facturas a particulares quedan fuera.

Para el autónomo, la factura a una empresa o a otro profesional pasará a un formato estructurado. Cada una deja copia en la solución pública en sintaxis UBL, conforme a la norma EN 16931. El cliente comunica si la acepta o la rechaza y cuándo la paga. A las personas físicas esa parte se les exige un año después de su fecha; hasta entonces es voluntaria.

La solución pública es gratuita. La AEAT debe abrirla al menos dos meses antes del primer plazo, con un formulario web para emitir facturas al que se entra con certificado o con Cl@ve. Si es el gestor quien emite las facturas del cliente en ese formulario, tiene que constar como apoderado en el Registro de apoderamientos de la AEAT (artículo 11 de la orden).

Nada cambia en VeriFactu. Los requisitos del software de facturación siguen aplicando a los autónomos desde el 1 de julio de 2027, según el Real Decreto-ley 15/2025, y la orden no toca esa fecha.

Nuestros clientes no tienen que hacer nada por ahora. Las facturas del panel ya se descargan en Facturae, y antes del 6 de octubre de 2028 añadiremos el envío de la copia en UBL.

Fuente: Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, artículos 3 y 11, disposición adicional segunda y disposición final única (BOE-A-2026-20587, BOE del 5 de octubre de 2026); Real Decreto 238/2026, disposición final cuarta, disposiciones transitorias segunda y tercera (BOE-A-2026-7295).

Título oficial: Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, por la que se regula la solución pública de facturación electrónica, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final tercera del Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, por el que se desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales y por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.

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