Modelo 303 · IVA
Todos los autónomos con actividad sujeta a IVA, también si el trimestre es sin actividad.
IVA repercutido en tus facturas menos IVA soportado deducible, por tipos (21, 10 y 4 %). Si sale negativo, se compensa en los siguientes trimestres; en el 4T se puede pedir devolución.
Plazos: 1–20 de abril, julio y octubre; 4T del 1 al 30 de enero.
Modelo 130 · pago fraccionado de IRPF
Autónomos en estimación directa, salvo que más del 70 % de los ingresos del año anterior llevaran retención.
20 % del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero, menos lo ya pagado en el año y las retenciones soportadas. Se presenta aunque salga cero.
Plazos: 1–20 de abril, julio y octubre; 4T del 1 al 30 de enero.
Modelo 131 · pago fraccionado del IRPF en módulos
Autónomos en módulos (estimación objetiva): transporte, bares, comercio minorista, peluquerías. Lo llevamos en el plan Negocio.
El pago no se calcula sobre el beneficio real, sino sobre los módulos: superficie, personal, potencia, vehículos. Los fija la orden anual de módulos de la AEAT. Se presenta cada trimestre, incluso con pérdidas.
Plazos: 1–20 de abril, julio y octubre; el cuarto trimestre, 1–30 de enero.
Modelo 111 · retenciones de IRPF
Si tienes empleados o pagas facturas de profesionales con retención: abogado, diseñador, otro autónomo.
Ingresamos en la AEAT lo retenido en nóminas y en facturas de profesionales: 15 %, 7 % para nuevos profesionales. Los importes salen de tus libros y nóminas, nada se teclea dos veces.
Plazos: Trimestral, hasta el 20 de abril, julio, octubre y enero. Resumen anual 190 en enero.
Modelo 115 · retención del alquiler
Si alquilas un local para la actividad —oficina, taller, tienda— a un particular o a una empresa.
De cada alquiler retienes el 19 % (sobre la base sin IVA), pagas el resto al arrendador y cada trimestre ingresas lo retenido en la AEAT: eso es el modelo 115. No es un descuento: lo retenido se le descuenta al arrendador de su impuesto y tú le entregas el certificado de retenciones. La obligación es del arrendatario: si no retienes, Hacienda te reclama ese 19 % a ti, con sanción. El importe sale del gasto recurrente «alquiler» del panel, sin introducir nada a mano.
Plazos: 1–20 de abril, julio y octubre; 4T del 1 al 20 de enero. Resumen anual, modelo 180, en enero.
Modelo 349 · operaciones intracomunitarias
Autónomos inscritos en el ROI que venden o compran a empresas de la UE. Plan Europa.
Declaración informativa de cada cliente y proveedor de la UE. Verificamos el NIF-IVA en VIES en la fecha de la factura y guardamos el justificante.
Plazos: Trimestral; mensual si las entregas superan 50.000 €.