Alta y gestiones
Alta de autónomo: 036, RETA y tarifa plana, sin que tengas que entender los formularios
Empezar como autónomo son dos trámites separados: el alta censal en Hacienda y el alta en el RETA de la Seguridad Social. Los hacemos nosotros, en el orden correcto y antes de tu primera factura.
Cómo hacerte autónomo en España: orden y plazos
Hacerte autónomo son dos altas, no una, y el orden importa. Primero el modelo 036 en Hacienda: te da de alta en el censo y fija tu actividad y los regímenes de IVA e IRPF. Después el alta en el RETA de la Seguridad Social: desde ese día corre la cuota. Las dos se tramitan antes del primer día de actividad, no después de la primera factura.
El alta en el RETA se puede pedir con antelación, hasta 60 días antes (RD 84/1996, art. 32). La fecha que pongas es desde la que empieza a contar la cuota, así que la fijamos en el día en que vas a empezar de verdad, no en el de la solicitud. El modelo 037 ya no existe: desde el 3 de febrero de 2025 todo va por el 036.
Puedes hacerte una idea de tu cuota antes de empezar: calculadora de la cuota 2026.
Qué incluye
- Modelo 036 en la AEAT: epígrafe IAE, régimen de IRPF e IVA y obligaciones trimestrales marcadas correctamente
- Alta en el RETA con el tramo de cotización adecuado a tus ingresos previstos
- Solicitud de la tarifa plana si cumples los requisitos
- Elección del epígrafe IAE y CNAE: un error aquí se arrastra durante años
- Baja de autónomo y cambios censales (dirección, epígrafe, obligaciones) cuando los necesites
- Revisión de tu 036 actual si ya eres autónomo y vienes de otra gestoría
Qué necesitamos de ti
- NIF o NIE y certificado digital o Cl@ve (si no lo tienes, lo tramitamos)
- Descripción de tu actividad y fecha prevista de inicio
- Dirección fiscal y, si trabajas desde casa, el porcentaje de la vivienda que usas
- Cuenta bancaria para domiciliar la cuota y los impuestos
Tarifa plana en 2026
Los nuevos autónomos pagan una cuota reducida de 80 € al mes más el MEI del 0,9 % (88,56 € en total en 2026) durante los primeros 12 meses, con prórroga de otros 12 si los rendimientos netos quedan por debajo del salario mínimo (SMI 2026: 1.221 € al mes en 14 pagas). Sin tarifa plana, la cuota mínima en 2026 es de 205,88 € al mes (base 653,59 € × 31,50 %).
Fuente: art. 38 ter Ley 20/2007 (LETA) · Orden PJC/297/2026, BOE-A-2026-7296 · RD 126/2026 (SMI)
Baja y cambios censales
Cambiar de dirección, añadir un epígrafe, darse de alta en el ROI o darse de baja: cada cambio es un 036 nuevo. Tras la baja quedan pendientes las declaraciones del último periodo y los resúmenes anuales; es el olvido más frecuente al cerrar.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda el alta?
El 036 y el alta en el RETA se presentan el mismo día cuando tenemos tu documentación. El alta en el RETA debe hacerse antes de empezar la actividad, no después.
¿Y si ya soy autónomo?
Revisamos tu 036 y tus obligaciones marcadas, recuperamos tu histórico de la anterior gestoría y seguimos desde el trimestre en curso. El cambio de gestoría es gratis.
¿Existe todavía el modelo 037?
No. Desde el 3 de febrero de 2025 toda alta y modificación censal se hace con el modelo 036 (Orden HAC/1526/2024, BOE-A-2025-410).
¿Qué necesito para el alta?
NIF o NIE, certificado digital o Cl@ve (si no tienes, lo tramitamos), a qué te vas a dedicar, la fecha de inicio, el domicilio fiscal y una cuenta bancaria para la cuota. Con eso presentamos el mismo día.
¿Puedo darme de alta con antelación?
Sí, y es lo correcto: el alta en el RETA se presenta antes de empezar la actividad, como máximo 60 días antes. La cuota cuenta desde la fecha del alta, no desde la primera factura, así que ponemos la fecha en la que de verdad vas a empezar.
¿Quién tiene derecho a la tarifa plana y cuánto se paga?
Quien no haya estado de alta como autónomo en los dos últimos años (tres si ya disfrutó de la tarifa plana). Cuota de 80 € al mes más el MEI del 0,9 %, 88,56 € en 2026, durante 12 meses; otros 12 si los rendimientos netos quedan por debajo del SMI (17.094 € al año). Se pide en el momento del alta; después ya no (art. 38 ter LETA).
¿Qué es el epígrafe del IAE y por qué importa?
El código de actividad del modelo 036. Las personas físicas no pagan el IAE, pero el epígrafe decide si eres profesional o empresario, y de eso dependen las retenciones en tus facturas, el régimen de IRPF y qué declaraciones espera la AEAT de ti. Elegimos el epígrafe según lo que haces de verdad.
¿Necesito certificado digital?
Para presentar el alta hace falta certificado o Cl@ve a tu nombre: sin ellos Hacienda y la Seguridad Social no admiten la solicitud. Si no tienes nada, tramitamos el certificado: gratis con cualquier plan y por 39 € sin suscripción. Luego te sirve para las notificaciones de la AEAT y la vida laboral.
¿Qué pasa el primer mes después del alta?
La cuota se carga a final de mes en la cuenta que indicaste. La primera declaración son el 303 y el 130 del trimestre, hasta el día 20 del mes siguiente; te avisamos dos semanas antes. Las facturas las emites desde el portal, ya compatibles con VeriFactu; si eres profesional y facturas a empresas, los tres primeros años aplicamos la retención del 7 %.
¿Cuánto cuesta el alta?
Está incluida en todos los planes, desde 39 € al mes. No hay un servicio de «solo alta»: darte de alta sin llevar después las declaraciones te dejaría solo ante el primer trimestre.