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Intrastat 2027: Hacienda propone subir el umbral a 800.000 euros, aún en proyecto
- Publicado:
- 30 de octubre de 2026
- En vigor desde:
- 1 de enero de 2027
- Fuente:
- AEAT · Proyecto de Orden
- Modelos afectados:
- 349
Hacienda prepara una orden que duplica el umbral de exención de Intrastat: de 400.000 a 800.000 euros anuales, tanto en el flujo de importación como en el de exportación. Se aplicaría a partir del período de referencia de enero de 2027. A 30 de octubre de 2026 sigue siendo un proyecto: ha pasado el trámite de audiencia e información pública y no se ha publicado en el BOE.
Intrastat es una declaración estadística mensual, no un impuesto. Afecta a quien compra o envía mercancías a otros países de la UE. Si como autónomo solo prestas servicios a clientes europeos, no te toca.
La regla vigente en 2026
El umbral en 2026 es de 400.000 euros por flujo, y compras y envíos se cuentan por separado (arts. 3.4 y 5 de la Orden HFP/1480/2021). Estás obligado si el año anterior alcanzaste esa cifra en un flujo: declaras todo el año. Si lo alcanzas a mitad de año, la primera declaración es la del mes en que lo superas y solo incluye las operaciones de ese mes (art. 3.3).
Se presenta en los 12 días naturales siguientes al fin de cada mes, solo por vía electrónica en la sede de la AEAT (art. 10). Un mes sin operaciones exige igualmente una declaración sin operaciones (art. 3.5).
Qué cambia el proyecto
El artículo único reescribe el art. 5: 800.000 euros para importación y 800.000 euros para exportación. La orden entraría en vigor el 1 de enero de 2027 y se aplicaría a las declaraciones de enero de 2027 en adelante. Los períodos anteriores siguen con la norma actual (disposición transitoria única).
Según el preámbulo, los obligados en exportación pasarían de 21.000 a unas 15.000 empresas, un 28 % menos. En importación quedarían exentas unas 8.500 empresas, el 30 %. La cobertura estadística bajaría al 96,2 %, por encima del 95 % mínimo del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1197.
Un caso con números
Una tienda compró en 2026 mercancía a proveedores de Polonia e Italia por 600.000 euros. Con el umbral actual, en 2027 declararía Intrastat cada mes. Con el proyecto no tendría que hacerlo hasta que sus compras de 2027 sumen 800.000 euros. La declaración de diciembre de 2026 se presenta igual, hasta el 12 de enero de 2027.
El modelo 349 no cambia y va por su lado. Es trimestral si las entregas de bienes y los servicios intracomunitarios no superan 50.000 euros ni en el trimestre ni en los cuatro anteriores. Si los superan, es mensual (art. 81.2 del RIVA). El alta en el ROI tampoco cambia.
Nuestro consejo. Hasta que la orden salga en el BOE, trabaja con el umbral de 400.000 euros. Lleva un acumulado mensual de compras y de envíos a la UE, cada flujo por separado. Si te acercas a la cifra, avisa a tu asesor desde el panel para no saltarte la primera declaración.
Fuentes: Proyecto de Orden HAC/___/2026 por la que se modifica la Orden HFP/1480/2021 en materia de umbrales de exención (Ministerio de Hacienda, información pública, septiembre de 2026); Memoria abreviada del análisis de impacto normativo (AEAT, Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, 2026); Orden HFP/1480/2021, arts. 3, 5 y 10 (BOE-A-2021-21790); AEAT, Intrastat: obligación de presentar declaración y plazos (sede.agenciatributaria.gob.es); RD 1624/1992, RIVA, art. 81 (BOE-A-1992-28925).
Título oficial: Proyecto de Orden HAC/___/2026 por la que se modifica la Orden HFP/1480/2021, de 28 de diciembre, por la que se aprueban el contenido y los plazos de presentación de la declaración de intercambio de bienes dentro de la Unión Europea (Intrastat), en materia de umbrales de exención
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