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Tarifa Cero de Madrid: 13 millones para 2026 y tres meses de plazo tras el primer año de alta
- Publicado:
- 29 de octubre de 2026
- En vigor desde:
- 24 de octubre de 2026
- Modelos afectados:
- 036037
La Comunidad de Madrid ha sumado el 24 de octubre de 2026 otros 3 millones de euros a dos líneas de empleo: la Tarifa Cero para nuevos autónomos queda en 13 millones y los incentivos a la contratación indefinida en 32. No hay ayudas nuevas. El dinero sirve para pagar las solicitudes que entren hasta el cierre de 2026. La Tarifa Cero devuelve al autónomo con domicilio de actividad en Madrid toda la cuota reducida de sus 12 primeros meses, que en 2026 son 88,56 € al mes y 1.062,72 € al año. Las reglas están en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de diciembre de 2025, BOCM núm. 5 de 7 de enero de 2026.
Quién cobra
Solo quien cotiza con la cuota reducida del art. 38 ter de la Ley 20/2007 (art. 4.1 del Acuerdo). Se devuelve lo ingresado en la TGSS durante los 12 meses naturales completos posteriores al alta, MEI incluido (art. 5).
Si los rendimientos netos del primer año quedan por debajo del SMI, 17.094 € en 2026, la cuota reducida sigue otros 12 meses. La Comunidad devuelve también ese segundo año. Con discapacidad del 33 % o más, o como víctima de violencia de género o de terrorismo, los periodos son de 24 y 36 meses.
Hay una segunda línea para mayores de 52 años que dejan el subsidio por desempleo al darse de alta. Además de las cuotas cobran el importe del subsidio por cada mes de alta, hasta 12. En 2026 son 480 € al mes, el 80 % del IPREM.
Tres requisitos del art. 4.4. Domicilio de la actividad en la Comunidad de Madrid según el modelo 036 o 037. Estar al corriente con la AEAT, la Comunidad y la Seguridad Social. Y no haber agotado los 300.000 € de ayudas de minimis en tres años.
Cuándo y cómo se pide
La solicitud se presenta solo cuando terminan los 12 meses bonificados, y el plazo es de 3 meses desde esa fecha (art. 6.1). Un día tarde y no se tramita. Es telemática, con certificado electrónico, en la sede de la Comunidad de Madrid, sin otra vía posible (art. 6.2). Las notificaciones llegan también por vía electrónica. Si falta algo, hay 10 días para subsanar.
Se adjuntan cuatro documentos (art. 7). El informe de bases y cuotas ingresadas de la TGSS de todos los meses. El modelo 036 o 037 con el domicilio madrileño. Los certificados de estar al corriente de la AEAT y de la TGSS. Y la acreditación del plan de prevención de riesgos laborales, si te obliga la ley.
Un caso
Irina, caso inventado, se dio de alta el 1 de febrero de 2026 en Madrid con cuota reducida, así que sus 12 meses acaban el 31 de enero de 2027. Presenta la solicitud entre el 1 de febrero y el 30 de abril de 2027 y cobra 1.062,72 €. Si sus rendimientos de 2026 no llegan al SMI, la cuota reducida sigue hasta enero de 2028 y en primavera de 2028 toca una segunda solicitud por el mismo importe.
Incentivos a la contratación
La otra línea paga a empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro entre 5.500 y 11.000 € por cada contrato indefinido. El trabajador debe ser un desempleado mayor de 45 años, de larga duración o trabajar en un municipio rural de menos de 5.000 habitantes. El puesto se mantiene al menos 12 meses. El importe exacto depende del colectivo del trabajador y lo fija la convocatoria en la sede.
Fuente: Comunidad de Madrid, nota de 24 de octubre de 2026 «La Comunidad de Madrid amplía en 3 millones las ayudas de Tarifa Cero»; Acuerdo de 23 de diciembre de 2025 del Consejo de Gobierno, BOCM núm. 5 de 7 de enero de 2026 (BOCM-20260107-28), arts. 1, 2, 4, 5, 6 y 7; Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo, arts. 38 bis, 38 ter y 38 quater; LGSS art. 280; cuota reducida 2026: 80 € más MEI del 0,9 %.
Título oficial: Acuerdo de 23 de diciembre de 2025, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid: normas reguladoras de las ayudas Tarifa Cero (BOCM núm. 5, 7 de enero de 2026); nota de la Comunidad de Madrid de 24 de octubre de 2026
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