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Módulos 2027: el proyecto de orden mantiene los módulos y la reducción del 5 %, pero no fija el límite de ingresos
- Publicado:
- 23 de octubre de 2026
- Fuente:
- AEAT · Proyecto de Orden
- Modelos afectados:
- 131
Hacienda ha publicado el 22 de octubre de 2026 el proyecto de Orden de módulos para 2027, y lo que más importa al autónomo en módulos no está en el texto: el límite de ingresos. El art. 3 no da cifra y remite al art. 31 de la Ley del IRPF «para el período impositivo 2027». Y el art. 31, tal como figura hoy en el BOE, dice 150.000 euros de ingresos y 75.000 euros facturados a empresarios y profesionales.
Los 250.000 y 125.000 euros que conoces están en la DT 32ª de la Ley del IRPF, pero solo para los ejercicios 2016 a 2024. El Congreso no convalidó los dos decretos que los alargaban (RDL 16/2025 y RDL 2/2026). Para 2026 la AEAT los sigue aplicando, según su nota del 1 de abril de 2026. Para 2027 hará falta una norma con rango de ley, que a 23 de octubre no existe.
El resto se queda como en 2026 (Orden HAC/1425/2025): mismas actividades, mismos índices y módulos en IRPF y en el régimen simplificado del IVA, y otra vez la reducción del 5 % sobre el rendimiento neto de módulos, que ya cuenta en los modelos 131 de 2027 (DA 1ª del proyecto). Las observaciones se admiten hasta el 3 de noviembre. La orden tiene que salir en el BOE antes del 1 de diciembre (art. 37.5 del Reglamento del IRPF).
El límite se mide con los ingresos del año anterior, así que lo que decide es tu 2026. Suman también los del cónyuge, hijos y padres con la misma actividad y dirección común (art. 3 del proyecto). Si pasas de 150.000 euros, o de 75.000 facturados a empresas y autónomos, y nadie prorroga los límites, el 1 de enero de 2027 sales de módulos y pasas a estimación directa.
Para el campo hay alivio sobre 2026: la reducción general sube del 5 % al 10 %, y el rendimiento neto previo baja un 35 % del gasóleo agrícola y un 15 % de los fertilizantes comprados en 2026 con factura (DA 4ª).
La renuncia a módulos para 2027, o su revocación, se presenta con el modelo 036 desde el día siguiente a la publicación de la orden en el BOE hasta el 31 de diciembre de 2026. También vale presentar en plazo el primer pago fraccionado de 2027 por estimación directa, el modelo 130 en lugar del 131 (art. 5). Quien renuncia queda fuera al menos 3 años (art. 33 del Reglamento del IRPF).
Si tus ingresos de enero a octubre ya rondan los 120.000 euros, escribe a tu asesor en «Mensajes» y comparamos los dos métodos con tus números antes del 31 de diciembre.
Fuente: Proyecto de Orden de módulos 2027 y su MAIN, Ministerio de Hacienda, 22.10.2026 (observaciones hasta el 03.11.2026); Ley 35/2006 del IRPF, art. 31.1.3ª y DT 32ª (BOE-A-2006-20764, texto consolidado a 23.10.2026); RD 439/2007, arts. 33 y 37.5; nota AEAT de 01.04.2026 sobre los efectos del RDL 16/2025 y el RDL 2/2026.
Título oficial: Proyecto de Orden por la que se desarrollan para el año 2027 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido
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