Empresa de la UE
Sin IVA español si ambos estáis en VIES. El cliente autoliquida el IVA en su país. Se declara en el 349.
Operaciones con la UE
Facturar a una empresa de otro país de la UE sin IVA solo es correcto si tú y tu cliente estáis en el ROI y lo comprobáis en cada factura. Lo hacemos por ti y guardamos la prueba.
Sin IVA español si ambos estáis en VIES. El cliente autoliquida el IVA en su país. Se declara en el 349.
Con IVA español hasta 10.000 € anuales de ventas B2C en toda la UE; por encima, IVA del país del cliente a través de la ventanilla única (OSS, modelo 369).
Operación no sujeta al IVA español. Se declara en el 303 como exportación o servicio no sujeto.
Fuente: Ley 37/1992 del IVA, arts. 25, 69 y 73 · Directiva 2006/112/CE
No se puede facturar sin IVA. Le pedimos que regularice su alta en su país; mientras tanto, la factura lleva IVA español. Facturar sin IVA a alguien que no está en VIES es un riesgo de liquidación por parte de la AEAT.
Depende de quién sea tu cliente legal. Revisamos las condiciones de la plataforma y facturamos a la entidad correcta con el tratamiento de IVA que corresponda.