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Impuesto sobre Sociedades en 2027: la microempresa llega al 17 % y al 20 %. Qué cambia si eres autónomo y piensas en una SL

Publicado:
30 de octubre de 2026
En vigor desde:
1 de enero de 2027
Fuente:
BOE · Ley

Las sociedades pequeñas pagarán menos Impuesto sobre Sociedades en los períodos que empiecen a partir del 1 de enero de 2027. Si la cifra de negocios del año anterior no llega a 1 millón de euros, la SL tributa al 17 % por los primeros 50.000 euros de base imponible y al 20 % por el resto. La entidad de reducida dimensión, con menos de 10 millones de cifra de negocios, baja al 22 %. El tipo general sigue en el 25 %. Algunos medios lo presentaron el 26 de octubre de 2026 como una nueva rebaja, pero no hay decisión nueva: es el siguiente escalón del calendario que la Ley 7/2024, de 20 de diciembre (BOE-A-2024-26694), introdujo en la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades.

El calendario completo

Manda el año en que empieza el período impositivo de la sociedad (art. 29.1 y DT 44ª LIS).

La microempresa paga por los primeros 50.000 euros y por el resto el 21 y el 22 % en 2025, el 19 y el 21 % en 2026 y el 17 y el 20 % desde 2027. La entidad de reducida dimensión pasa del 24 % en 2025 al 23 % en 2026, el 22 % en 2027, el 21 % en 2028 y el 20 % desde 2029.

Para la microempresa, 2027 es el último paso: el 17 % y el 20 % son ya los tipos fijos del propio artículo 29.1. Si el ejercicio coincide con el año natural, el modelo 200 de 2027 se presenta en julio de 2028, dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses desde el cierre (art. 124.1 LIS).

Un caso con números. Una microempresa con 60.000 euros de base paga por 2026 9.500 más 2.100 euros, en total 11.600. Por 2027 paga 8.500 más 2.000, en total 10.500. Son 1.100 euros menos.

Si eres autónomo y piensas en una SL

Como autónomo tributas en el IRPF, así que estos tipos solo te afectan si estudias pasar a sociedad. En ese caso conviene tener claras cuatro reglas de la ley antes de decidir.

El tipo de la sociedad no es tu factura fiscal completa. Lo que sacas de la SL vuelve a tributar en tu IRPF: la retribución de administrador como rendimiento del trabajo y los dividendos en la base del ahorro. La comparación justa suma los dos impuestos, no enfrenta el 17 % con tu tipo marginal.

El 15 % de las entidades de nueva creación probablemente no será para ti. No se aplica si una persona física con más del 50 % de la sociedad ejerció esa misma actividad durante el año anterior a constituirla (art. 29.1.b LIS). El autónomo que traslada su negocio a su propia SL va al 17 % y al 20 %.

Si la sociedad nace a mitad de año, el tramo del 17 % se prorratea por días. Un período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2027 tiene 184 días, así que solo los primeros 25.205 euros de base van al 17 % (art. 29.1 LIS).

La entidad patrimonial se queda sin tipos reducidos. Es la SL cuyo activo está formado en más de la mitad por valores o por bienes no afectos a una actividad (art. 5.2 LIS), y tributa al 25 %.

Nuestra calculadora «Autónomo o SL» usa los tipos de 2026, 19 % y 21 %. Con los de 2027 el impuesto de la sociedad sale algo menor y el resto del cálculo no cambia. La guía «Autónomo o sociedad limitada» repasa cuotas, retenciones y dividendos. Si te planteas la SL para 2027, revisa los números con tu asesor desde el panel antes de ir al notario.

Fuentes: Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, arts. 5.2, 29.1, 101 y 124.1 y DT 44ª, texto consolidado (BOE-A-2014-12328, consultado el 30.10.2026); Ley 7/2024, de 20 de diciembre, DF 8ª (BOE-A-2024-26694); AEAT, Manual práctico de Sociedades 2025, apartado «Tipos de gravamen». Origen: Diario Autónomos y Emprendedores, 26.10.2026.

Título oficial: Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades: artículo 29.1 y disposición transitoria cuadragésima cuarta, en la redacción de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre (BOE-A-2024-26694)

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